Publicado en L'A30 - 4to. Trim 2002
Amnistía Internacional ha denunciado que en Argentina, uno de los mayores productores de materias primas del mundo con capacidad para alimentar a 100 millones de personas, el 69,2 % de los niños vive en la pobreza y la desnutrición alcanza a 4 millones de los mismos.
Según el Frente contra la Pobreza (FRENAPO) -integrado por la Central de Trabajadores Argentinos (CTA), las Abuelas de la Plaza de Mayo y otras organizaciones sociales- más de 50 niños mueren a diario en todo el país a causa del hambre, mientras que el Ministro de Salud admite que son 11.000 los niños que mueren anualmente por causas que “se pueden evitar”. Quienes, por supuesto, no están dispuestos a evitarlo son los 1.500 hombres de negocios y miembros destacados de la sociedad argentina que entre mayo y diciembre de 2001, los meses previos al “corralito”, sacaron del país unos 3.000 millones de dólares. Los analistas estiman que este grupo privilegiado (que incluye a los máximos responsables de los bancos, ex-ministros de la dictadura, políticos en activo y algún periodista que considera “éticamente inaceptable la fuga de capitales”) mantiene 160.000 millones de dólares en cuentas en el extranjero.
© Sudacaphotos / Julio Pantoja (ARGRA)
Pablo E. G., de 4 años, internado por desnutrición después de que su hermana de 3 años muriera del mismo mal. Provincia de Tucumán (Argentina), 2002
© Sudacaphotos / Julio Pantoja (ARGRA)
Niño desnutrido, Província de Tucumán (Argentina)
www.sudacaphotos.com
 

Zona imágenes para el debate

Esta sección tiene su origen en la voluntad de mantener abierta la discusión sobre la reforma del Criterio n¼ 9 del Código Deontológico de la Profesión Periodística vigente en Catalunya, que fue aprobada con escasa participación y prácticamente total ausencia de debate en el IV Congreso de los Periodistas Catalanes, el 24 y 25 de noviembre de 2000. Desde la UPIFC, expresamos nuestro desacuerdo con dicha reforma en lo que respecta al derecho a la propia imagen “en situaciones de vulnerabilidad y enfermedad y en casos o acontecimientos que generen situaciones de aflicción o dolor” (1).
Muy resumidamente: si bien estamos de acuerdo en respetar el derecho a la intimidad de las personas, especialmente cuando los afectados/as lo expliciten, entendemos extremadamente desafortunada la mención que hace el Criterio 9 sobre el derecho a la propia imagen, entre otras razones porque ya existe una ley específica en ese sentido. Por eso, desde la aprobación de la reforma venimos publicando en esta sección de L’A imágenes -generalmente de menores- en las circunstancias mencionadas por dicho criterio. Entre ellas, una portada de la revista del propio Col•legi de Periodistes de Catalunya (“Capçalera” n¼ 106, noviembre de 2001).
REDACCIÓN

NOTA (1). Nos remitimos a la editorial de L'A23 (1r Trim. 2001) y al artículo del Presidente de la UPIFC publicado en el mismo número (pág. 24 a 26), así como al razonamiento expuesto en esta misma sección de L'A24

 
 


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